La figura del proveedor de precios en el mercado bursátil costarricense

Diana Mora Solano. Economista y Master en Negocios INCAE.

I)-Introducción

Cada vez que contesto a la pregunta: “¿en qué trabaja usted?” me fijo con atención en la reacción del interlocutor cuando explico que: “en una empresa proveedora de precios”. En el evento que interlocutor trabaje en la industria de servicios financieros, es más probable que conozca a qué me refiero; sin embargo, no siempre es así. La figura del proveedor de precios de mercado, a pesar de su relevancia es poco conocida, menos aún, objeto de estudio en el ámbito del derecho de mercado de valores. Es por esta razón que se dedican las siguientes reflexiones para generar mayor conocimiento sobre el proveedor de precio.

II)-La actividad del proveedor de precios

Damos inicio con una explicación de la actividad que realiza el proveedor, como su nombre lo indica, un proveedor de precios es una empresa que “vende” precios. Y , ¿ en qué consiste vender precios ? Es un servicio profesional, que requiere personal altamente especializado, muy intensivo en tecnología, en el cual, mediante técnicas de la estadística y la matemática financiera principalmente, se obtiene lo que se considera un “valor razonable de mercado”, a partir de información observada en mercados organizados.

Es importante aclarar que esta es una figura es propia del ámbito bursátil; sin embargo, el concepto de “precio” es el mismo si se habla de títulos valores, como si se trata de productos que uno encuentra en un supermercado o en una feria del agricultor, es un valor de intercambio. En este sentido, es factible concebir el mercado organizado por una bolsa de valores como si fuera la Feria del Agricultor de nuestra comunidad: los vendedores tienen sus puestos donde ofrecen diferentes tipos de vegetales; por ejemplo: hay varios puestos donde se ofrecen lechugas, entre ellas la lechuga romana, desde las 7:00 a.m. y la primera transacción se dio en el puesto A donde la lechuga romana se vendió a 300 colones por unidad, luego en el B a 350 colones al ser las 9 de la mañana, y así sucesivamente hasta agotar las lechugas romanas de toda la feria en el día. El proveedor de precios, al cierre de la feria, visitaría cada puesto a preguntar qué tipos de vegetales vendió, cuántas unidades y a qué precios los vendió; con esa información estimaría un “valor razonable” de intercambio, verbigracia de la lechuga romana para ese día. Así funciona en el mercado bursátil, el proveedor de precios obtiene información que utiliza como variables en sus modelos, a partir de las transacciones de compra-venta realizadas en el mercado primario (cuando el emisor coloca por primera vez un título valor) y el mercado secundario (cuando un título valor ya ha circulado y pasa de un tenedor a otro).

Ahora bien, ¿Qué sucede si en un día no se vendieron lechugas romanas, pero de todas formas se necesita estimar ese “valor justo”? El proveedor de precios estimaría el precio de las lechugas romanas, a partir del precio de otra variedad que sí se haya negociado. En el ámbito bursátil eso se conoce como aplicar técnicas de descuento de flujos financieros a los cupones, en el caso de los instrumentos de deuda, a partir de curvas estimadas con las observaciones de mercado efectivamente realizadas; o, tratándose de instrumentos de renta variable, a partir de la última información conocida sobre la acción de la empresa o el valor de participación del fondo de inversión transable.

III)-Requisitos de funcionamiento del proveedor de precios y los principios rectores

En Costa Rica, para su funcionamiento, los proveedores de precios deben estar autorizados por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), y cumplir con una serie de regulaciones bastante estrictas que procuran asegurar el cumplimiento de una serie de principios rectores de su actividad. En este sentido, el artículo 5 del Reglamento Sobre Valoración de instrumentos financieros se refiere a los siguientes principios: honestidad, buena fe, solidez, prudencia, coherencia, objetividad, confiabilidad, transparencia, representatividad, irretroactividad y profesionalismo.

El contenido de dichos principios es bastante claro; sin embargo, es importante hacer algunos comentarios:

a)- La buena fe y diligencia: es un principio de cualquier relación de negocios; sin embargo, en un servicio profesional como la proveeduría de precios es eje fundamental que rige toda la actividad efectuada por el proveedor. Así, desde la celebración del contrato de servicios con sus clientes, que generalmente son otras empresa del mercado reguladas, toda vez que, durante la prestación de servicios se tiene acceso a información que el inversionista promedio podría o no conocer; sin embargo, los funcionarios del proveedor no pueden compartir la información salvo para los fines propios de la proveeduría de precios. De igual forma, la empresa proveedora no puede beneficiarse a sí misma por la información que conoce, el actuar de la empresa como persona jurídica debe guiarse por un comportamiento diligente, honesto y prudente por parte de sus empleados.

b)- Auditabilidad: Todos los modelos de valoración aplicados por una empresa proveedora de precios deben poder ser auditables; esto no significa que las empresas compartan los códigos fuente de sus programas informáticos, ni el know-how del negocio, sino que comparten informes, atienden las consultas de auditores internos o externos, de sus clientes, así como de las entidades reguladoras cuando sea requerido. De esta forma, se pueda concluir fehacientemente que cada precio publicado para un título valor en una fecha específica, sea representativo de las condiciones del mercado para ese día y sea el resultado de reglas objetivas aplicadas a una serie de parámetros y variables.

c)- Retroactividad: La irretroactividad es un principio de la proveeduría de precios que ha sido recogido en varias legislaciones, además de la costarricense, por ejemplo se aplica en México y Panamá, ya que permite que un valor de intercambio sea validado por el mercado y consolide ciertas situaciones derivadas de él.

Pasamos a explicar, los precios se entregan a través de mecanismos de transmisión de datos en un conjunto conocido como “vector”, entendido este como el ordenamiento del precio y rendimiento, de cada instrumento identificado por de manera única, en un día hábil bursátil (día en que operan las bolsas de valores en cada plaza financiera) , es aplicado para determinar el valor de mercado diario de cada portafolio propio administrado por cada banco, sociedad de fondos de inversión, operadora de pensiones, etc., o portafolios de terceros, y entregado al inversionista mediante un estado de cuenta; por lo que retrotraer los efectos de la aplicación de una metodología de valoración crearía una situación de inseguridad jurídica de derechos patrimoniales.

d)- Derecho de impugnación: El complemento del principio anterior es el Derecho de impugnación que tienen todos los clientes de las metodologías de precios, incluso si la valoración no fuera realizada por una empresa proveedora especializada, sino como resultado de modelos propios de valoración registrados ante la SUGEVAL, ya sea, por un banco, una operadora de pensiones o un grupo financiero completo, toda vez que cuentan con la posibilidad de registrar sus propias metodologías. Sin embargo, en atención a los principios de transparencia, independencia y evitar riesgo de potenciales conflictos de interés, suelen contratar ese servicio a un proveedor de precios, además que en términos de costos, dado que dicha actividad es intensiva en tecnología y en personal altamente calificado, se optimizan los costos a través de las economías de escala.

Los proveedores de precios pueden prestar servicios complementarios a su actividad principal, siempre y cuando estos servicios no representen un potencial conflicto de interés; de ahí que no pueden servicios de asesoría de inversiones, pero sí pueden prestar los servicios de cálculo de un balance actuarial para un fondo de pensiones; no pueden realizar auditorías contables a sus propios clientes, pero sí pueden prestarles los servicios de capacitación en temas de cálculos de riesgos de mercado, etc. Se podría afirmar, incluso, que el proveedor de precios presta un servicio auxiliar para las entidades reguladoras, ya que son el participante del mercado más independiente de todos los demás; además, está totalmente ajeno a las relaciones subjetivas entre los demás participantes y, a la hora de desarrollar y aplicar sus metodologías, estas no contemplan información que permita beneficiar ni perjudicar a un participante en particular.

IV)- A título de conclusión

En Costa Rica existen actualmente tres empresas especializadas en la proveeduría de precios, siendo un mercado relativamente pequeño e ilíquido (con poca negociación de valores). Sin embargo, la relativa baja frecuencia y volumen de las operaciones la principal razón de que los proveedores de precios existan.

La realidad es muy diferente a las películas sobre Wall Street, donde se realizan las operaciones del mercado más desarrollado del mundo, pero a la vez, se carece de la democratización y acceso a la información que existe en el mercado costarricense. El mercado local cuenta con información accesible en virtud de la obligatoriedad establecida por la normativa prudencial y por las buenas prácticas de las normas internacionales de información financiera. De no contar con la figura de los proveedores de precios, la información de los estados de cuenta consistiría en valores determinados por los propios ejecutivos que administran los fondos y ya sabemos que eso lleva a crisis de confianza y estabilidad de las instituciones financieras; en eso sí se asemeja a la realidad y las películas de Wall Street.

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